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Ficheros de Morosos

Pasos, modelos y sentencias útiles.

Ficheros de morosos ¿Cómo se entra?
(y lo más importante ¿Cómo se sale?)

El impago de una cuota de la hipoteca, del pago de la tarjeta de crédito o de una factura de teléfono o de luz, puede tener consecuencias no deseables.

Una de ellas es acabar figurando en alguno de los (temidos) registros de morosos.

O peor aún, también es posible acabar en estos ficheros a causa de deudas que no reconocemos o incluso por error.

Estar incluido en uno de estos ficheros puede cerrarte muchas puertas.

Estos ficheros son consultados por las empresas para conocer la solvencia de sus clientes. Estar incluido en estos ficheros supone la imposibilidad de acceder a ningún tipo de financiación.

Y eso es grave.

En este artículo te ofrecemos :

  • Los pasos que se deben dar para dejar de aparecer en estos ficheros (es sencillo).
  • 2 Modelos de Escritos para que apliques los pasos anteriores.
  • 6 Sentencias que pueden ser de mucha ayuda (especialmente si eres Abogado).

Comencemos por el principio…

¿Qué son los ficheros de morosos?

Los sistemas de información crediticia, vulgarmente conocidos como ficheros o registros de morosos, son listas de datos gestionadas por empresas privadas.

En ellas se recogen los nombres de las personas físicas o jurídicas que supuestamente tienen deudas con alguna empresa.

Se encuentran regulados en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Aunque existen casi 130 empresas que gestionan este tipo de registros, las más conocidos son :

  • ASNEF EQUIFAX, gestionada por la sociedad Asnef-Equifax Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L.
  • BADEXCUG, gestionada por Experian Bureau de Crédito S.A.
  • Registro de Aceptaciones Impagadas o RAI, gestionado por el Centro de Cooperación Interbancaria (CCI), que se utiliza exclusivamente para empresas.

¿Qué consecuencias tiene estar incluido en un fichero de morosos?

Muchas, y no son deseables.

Estas «listas negras» son consultadas por muchas empresas (sobre todo bancos), para conocer la solvencia de un cliente que solicita financiación.

Estar incluido en uno de estos ficheros puede bloquear el acceso de una persona a una hipoteca, un préstamo o una tarjeta de crédito.

También puede suponer un problema a la hora de contratar una línea de teléfono o cualquier otro servicio como la luz o el gas.

Por ello, es frecuente que muchas empresas amenacen con incluir al deudor en un registro de morosos como medida de presión para conseguir el cobro de la deuda.

Si la celebración de un contrato se frustra con motivo de estar incluido en uno de estos ficheros, es obligatorio comunicar al afectado que este es el motivo.

¿Cómo puedo acabar en un fichero de morosos?

Para incluir a alguien en un fichero de morosos, el acreedor debe identificarse ante el titular del registro, así como comunicar los datos del titular de la deuda.

Asimismo, el titular del registro debe comprobar:

  1. Que la deuda supera los 50 euros.
  2. Que la deuda es vencida y exigible (es decir, que el periodo de cobro de la deuda ha vencido).
  3. Que el acreedor ha informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago de la deuda, de la posibilidad de inclusión en un registro de morosos.
  4. Que se ha reclamado el pago de la deuda.
  5. Que se ha avisado al titular de la deuda de que se le va a incluir en un fichero de morosos.
  6. Que la deuda no esté siendo discutida por vía administrativa, judicial o por un sistema alternativo de mediación o arbitraje.

Por último, el responsable del registro debe comunicar al afectado que sus datos se han incluido en el fichero y debe informarle de sus derechos sobre protección de datos dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la deuda al sistema.

¿Cómo puedo saber si estoy incluido en un fichero de morosos?

Todo ciudadano tiene derecho a saber si está o no está incluido en un fichero de morosos.

Simplemente hay que dirigirse al titular del fichero acreditando la identidad y te informará de ello.

¿Cómo salir de un fichero de morosos?

Si no se trata de error, la forma más rápida de salir de un fichero de morosos es pagar la deuda por la que se nos ha incluido.

Una vez satisfecha la deuda se debe comunicar al titular del fichero para que proceda a la cancelación de los datos.

Si bien es el acreedor el que debería realizar esta comunicación, también puede hacerlo el interesado, acreditando su identidad (fotocopia de DNI) y justificación de la inexistencia de la deuda.

El responsable del fichero dispone de diez días para confirmar y comunicar que la deuda ha sido cancelada.

Si no lo hace, el solicitante puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), adjuntando toda la documentación que acredite que has solicitado la baja en el registro de morosos.

¿Y si me han incluido en un fichero de morosos sin tener ninguna deuda?

No es infrecuente que alguien acabe incluido en un fichero de morosos sin que exista ninguna deuda o sin cumplir los requisitos legalmente exigidos.

También es posible acabar en uno de estos ficheros por una deuda con la que no se está de acuerdo y está siendo discutida en vía administrativa, judicial o mediante un procedimiento de mediación o arbitraje.

Si la deuda no existe o no se han cumplido los requisitos para la inclusión en el fichero, hay que comunicarlo al titular del mismo, que tiene 30 días para tramitar la baja.

En caso de que no lo haga, hay que presentar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos o reclamar judicialmente.

¿Pueden mantenerme en un fichero de morosos indefinidamente?

No, incluso en el caso de que no se haya satisfecho la deuda.

Los datos referidos a un deudor determinado solo pueden mantenerse en el registro durante el tiempo que persista el incumplimiento, con el límite máximo de 5 años (insisto, aunque no se haya pagado la deuda).

Transcurrido ese plazo, el titular del fichero está obligado (aunque a veces no lo hagan) a eliminar a esa persona del fichero, aunque la deuda no se haya liquidado.

¿Qué dicen los tribunales sobre los ficheros de morosos?

Existen muchas Sentencias que condenan a los Registros de morosos a pagar una indemnización al afectado, por haber incumplido los requisitos legales para su inclusión, con el consiguiente perjuicio moral y patrimonial.

Estas demandas se basan en la afectación del derecho al honor regulado en la Ley 1/1982 Orgánica de Protección del Derecho al Honor.

Así por ejemplo:

Por inclusión en el registro de morosos por una deuda que era controvertida o cuestionada por el afectado:

  • Sentencia 237/2019 del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 23 de abril.
  • Sentencia 216/2018, de la Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1ª, de 28 de mayo.
  • Sentencia 397/2017 de la Audiencia Provincial de Gijón, Sección 7ª, de 14 de septiembre.

Por falta de notificación al afectado del requerimiento de pago previo a la inclusión en el fichero de morosos:

  • Sentencia 437/2019, de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 8ª, de 14 de octubre.
  • Sentencia 53/2019, de la Audiencia Provincial de Badajoz, Sección 2ª, de 4 de febrero.
  • Sentencia 249/2018, de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección 1ª, de 25 de junio.

Modelos de escritos relacionados con los ficheros de morosos

Utiliza el siguiente modelo si quieres que te comuniquen los datos que obren en poder de cualquiera de los titulares de los registros

Modelo de Acceso a tus Datos en los ficheros de morosos.

Si deseas solicitar la eliminación de tus datos en un fichero de morosos determinado, utiliza el siguiente modelo de escrito :

Modelo de baja en el Registro de Morosos

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Esquer Procuradores

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