• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página
Procuradores Orihuela Alicante

ESQUER Procuradores

Procuradores Orihuela

  • QUIENES SOMOS
  • SERVICIOS
  • DÓNDE ESTAMOS
  • PARTIDOS
    • PROCURADORES ORIHUELA
    • PROCURADORES ELCHE
    • PROCURADORES TORREVIEJA
    • PROCURADORES ALICANTE
    • PROCURADORES MURCIA
  • BLOG
  • UTILIDADES
    • FORMULARIOS
    • NÚMERO DE CUENTA JUZGADOS
    • DEPÓSITOS PARA RECURSOS
    • CÁLCULO DE INTERESES
    • CERTIFICADO ÚLTIMAS VOLUNTADES
    • ENLACES de INTERÉS
  • SUSTITUCIONES
  • CONTACTAR
  • Facebook
  • LinkedIn

Notificación judicial

22 septiembre, 2026 por Salvador Enfatika

Notificación judicial: qué es, tipos y qué hacer al recibirla

Recibir una notificación judicial significa que un órgano judicial está comunicando formalmente una resolución o actuación relacionada con un procedimiento. No debe confundirse, sin embargo, cualquier comunicación procedente de un juzgado con una notificación en sentido técnico: la Ley de Enjuiciamiento Civil diferencia entre notificaciones, emplazamientos, citaciones, requerimientos, mandamientos y oficios.

La diferencia no es simplemente terminológica.

Una comunicación puede informar de una resolución, pero otra puede exigir comparecer en un lugar, personarse dentro de un plazo o realizar una determinada conducta.

Y ahí está una de las cuestiones que más cuidamos en Esquer y Asociados.

Llevamos trabajando en la gestión de procedimientos judiciales desde 1978 y hemos gestionado más de 10.000 procedimientos. Con esa experiencia hemos aprendido que una notificación no debe limitarse a recibirse y archivarse: hay que identificar qué se ha comunicado, comprobar los posibles plazos y señalamientos y trasladar la información a quien corresponda con suficiente rapidez. Nuestra propia organización dispone de un departamento especializado en notificaciones por LexNET y revisión de plazos.

notificación judicial

¿Qué es una notificación judicial?

La respuesta más sencilla es esta:

Una notificación judicial es un acto de comunicación cuya finalidad es dar a conocer formalmente una resolución o actuación dentro de un procedimiento.

Esta definición procede directamente de la clasificación establecida en el artículo 149 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que define las notificaciones por su finalidad de dar noticia de una resolución o actuación.

Pero hay que introducir una precisión.

En el lenguaje cotidiano utilizamos “notificación judicial” para referirnos prácticamente a cualquier comunicación recibida desde un juzgado. Jurídicamente, en cambio, existen distintos actos de comunicación judicial y cada uno cumple una función.

Por eso, cuando recibimos una comunicación, lo primero no debería ser preguntarnos solamente “¿qué dice?”, sino también:

¿qué tipo de acto de comunicación es y qué consecuencias tiene?

Esta pequeña diferencia puede resultar fundamental para gestionar correctamente el procedimiento.

¿Qué tipos de notificaciones judiciales existen?

La Ley de Enjuiciamiento Civil nos proporciona una clasificación muy útil.

El artículo 149 distingue seis tipos de actos procesales de comunicación: notificaciones, emplazamientos, citaciones, requerimientos, mandamientos y oficios.

Aunque están relacionados, no significan lo mismo.

Notificación

La notificación tiene por finalidad comunicar una resolución o actuación.

Por ejemplo, durante un procedimiento pueden dictarse resoluciones que deban ponerse formalmente en conocimiento de las partes.

Emplazamiento

El emplazamiento se utiliza para que una persona se persone o actúe dentro de un plazo.

Aquí aparece inmediatamente un concepto especialmente relevante: el plazo.

No estamos simplemente ante información. Puede existir una actuación que deba realizarse dentro del periodo legalmente correspondiente.

Citación

La citación determina lugar, fecha y hora para comparecer y actuar.

Es, por tanto, diferente del emplazamiento.

Una forma sencilla de recordarlo es que el emplazamiento está asociado a actuar dentro de un plazo, mientras que la citación fija un momento concreto para comparecer.

Requerimiento

El requerimiento sirve para ordenar, conforme a la ley, una conducta o una inactividad.

Esto explica por qué no debemos tratar cualquier documento judicial recibido de la misma manera.

Mandamiento

Los mandamientos tienen una finalidad específica respecto de determinadas actuaciones cuya ejecución corresponde, entre otros, a registros, notarios o funcionarios contemplados por la ley.

Oficio

El oficio se utiliza para determinadas comunicaciones con autoridades no judiciales y funcionarios diferentes de los incluidos en la categoría anterior.

Esta distinción conecta, además, con otro de los contenidos en los que Esquer ya ha conseguido una gran visibilidad orgánica: qué es un oficio judicial. Por eso conviene enlazar ambos contenidos en lugar de intentar explicar aquí de nuevo todo lo relativo a los oficios.

¿Cómo se realiza una notificación judicial?

No existe una única forma válida para todos los casos.

La LEC regula los actos de comunicación en sus artículos 149 y siguientes y establece quién los ejecuta y los distintos medios que pueden utilizarse.

El artículo 152 sitúa los actos de comunicación bajo la dirección del letrado de la Administración de Justicia y contempla su ejecución por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial y, en los supuestos previstos, por el procurador de la parte que lo solicite.

Esta última posibilidad es especialmente relevante para nuestra profesión.

En Esquer y Asociados realizamos actos de comunicación, incluyendo emplazamientos, citaciones y notificaciones. Es una de las funciones que forman parte de nuestros servicios como procuradores.

La práctica correcta del acto de comunicación importa porque el procedimiento necesita dejar constancia de las actuaciones y de su realización conforme a las reglas procesales.

¿Qué diferencia existe entre notificación, citación, emplazamiento y requerimiento?

Esta es una de las preguntas que estructuraría específicamente para intentar aparecer en fragmentos destacados y respuestas de sistemas de IA.

La diferencia puede resumirse así:

  • Notificación: comunica una resolución o actuación.
  • Emplazamiento: concede un plazo para personarse o actuar.
  • Citación: fija lugar, fecha y hora para comparecer.
  • Requerimiento: ordena una determinada conducta o inactividad.

Las cuatro son formas de comunicación procesal, pero no producen necesariamente las mismas consecuencias ni exigen la misma respuesta. La clasificación está recogida en el artículo 149 LEC.

En nuestra gestión diaria este es uno de los primeros aspectos que revisamos.

Cuando llega una comunicación no nos limitamos a reenviarla. Nuestro sistema de trabajo contempla una revisión exhaustiva de plazos y señalamientos y la remisión inmediata a los letrados, siguiendo las instrucciones de nuestros clientes.

¿Qué hacer al recibir una notificación judicial?

Lo primero es no ignorarla.

Pero tampoco conviene actuar precipitadamente sin saber qué se ha recibido.

Recomendamos comprobar, como mínimo, qué órgano judicial emite la comunicación, a qué procedimiento corresponde, qué resolución o actuación se comunica, qué clase de acto procesal es, si incorpora un plazo o señalamiento y qué documentación la acompaña.

Después debe determinarse qué actuación procesal corresponde.

Aquí la rapidez es importante, pero rapidez y precipitación no son lo mismo.

Nuestra forma de trabajar desde hace décadas se basa precisamente en combinar agilidad con control. Esquer cuenta con un sistema propio de planificación y seguimiento orientado al control de plazos, requerimientos y señalamientos.

Una comunicación judicial puede tener consecuencias procesales y por eso debe revisarse desde el momento en que se recibe.

¿Una notificación judicial puede iniciar un plazo?

Sí. Dependiendo del acto comunicado y de la normativa aplicable, la comunicación puede ser relevante para el inicio del cómputo de un plazo procesal.

Pero debemos evitar una simplificación peligrosa: no todos los plazos comienzan de la misma manera ni podemos calcularlos simplemente contando días desde que vemos un documento.

Hay que identificar la resolución, la fecha y forma de comunicación, el tipo de plazo, los días hábiles aplicables y las reglas específicas del procedimiento.

La propia LEC regula el tiempo de los actos de comunicación en su artículo 151 y dedica otros preceptos a sus diferentes formas y efectos.

Precisamente por eso en nuestro departamento de notificaciones por LexNET revisamos plazos y señalamientos antes de trasladar la información a la dirección letrada.

Después de más de 10.000 procedimientos gestionados, sabemos que el control procesal no consiste únicamente en conocer las fechas. Consiste en detectar a tiempo qué resolución genera una actuación y poner esa información inmediatamente en manos de quien debe tomar la decisión jurídica.

¿Cómo funcionan las notificaciones judiciales electrónicas?

La digitalización ha cambiado profundamente la forma de gestionar las comunicaciones judiciales.

El artículo 162 LEC regula los actos de comunicación mediante medios electrónicos, informáticos y similares. Cuando existe obligación de utilizar estos medios, o en los demás supuestos contemplados legalmente, la comunicación debe realizarse de forma que permita garantizar aspectos como la autenticidad y dejar constancia de la remisión y recepción.

Además, la Sede Judicial Electrónica dispone de un Servicio de actos de comunicación que permite a personas físicas y jurídicas recibir electrónicamente notificaciones de la Administración de Justicia. El servicio permite acceder a los actos de comunicación desde la propia Sede Judicial Electrónica o mediante la Dirección Electrónica Habilitada Única. Para consultar los actos mediante este servicio se requiere identificación electrónica admitida.

Consulta oficial de actos de comunicación judicial

Es importante, no obstante, diferenciar estos servicios destinados al ciudadano de las herramientas utilizadas profesionalmente dentro de la Administración de Justicia.

¿Qué es LexNET y qué relación tiene con las notificaciones?

LexNET es especialmente importante en el trabajo diario de los profesionales de la Justicia.

Para nosotros no es un concepto teórico.

En Esquer y Asociados contamos con un departamento especializado en el procesado de notificaciones LexNET, que realiza labores de gestión e intercomunicación entre los órganos judiciales y los profesionales. Dentro de ese proceso revisamos plazos y señalamientos y trasladamos las notificaciones a los letrados.

Este trabajo explica bien el valor que aporta un procurador dentro de un procedimiento.

No se trata solamente de “recibir documentos del juzgado”.

Se trata de que la información judicial circule correctamente entre el órgano judicial, el procurador y la dirección letrada, detectando además cualquier elemento procesal que requiera atención.

¿Qué papel tiene el procurador en una notificación judicial?

El procurador desempeña una función esencial como representante procesal y como enlace entre el órgano judicial y la parte representada.

Cuando existe representación por procurador, las comunicaciones procesales forman parte de su actividad diaria. Además, la propia legislación contempla expresamente la intervención del procurador en los actos de comunicación en determinados supuestos.

En Esquer damos especial importancia a esta función.

Nuestro trabajo con las notificaciones incluye su recepción y procesamiento, revisión de plazos y señalamientos, comunicación con la dirección letrada y seguimiento del procedimiento.

Esto nos permite integrar la notificación dentro del expediente completo.

Porque una resolución no debería verse aisladamente. Hay que saber de qué procedimiento procede, en qué momento procesal estamos, qué se había solicitado anteriormente y qué actuación puede venir después.

Ahí es donde la experiencia práctica de la procura adquiere especial valor.

¿Puede un procurador realizar actos de comunicación?

Sí, en los términos establecidos legalmente.

El artículo 152 LEC contempla que los actos de comunicación sean ejecutados por funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial o por el procurador de la parte que lo solicite, de acuerdo con las reglas previstas en la propia ley.

En Esquer realizamos actos de comunicación a demandados, testigos y otras partes implicadas en procedimientos judiciales. Entre nuestros servicios figuran expresamente emplazamientos, citaciones y notificaciones.

Esto puede resultar especialmente útil cuando la estrategia procesal aconseja utilizar las posibilidades que ofrece la legislación para impulsar la práctica del acto.

¿Qué pasa si no recojo una notificación judicial?

Esta es una consulta con mucho potencial de búsqueda, pero debemos contestarla con precisión.

No recoger o ignorar una comunicación judicial no permite asumir que el procedimiento desaparezca o quede automáticamente paralizado.

Las consecuencias dependerán del tipo de procedimiento, de la clase de comunicación, del destinatario, del medio utilizado y de las circunstancias en las que se haya intentado practicar.

La LEC contempla distintas formas de comunicación y también regula qué sucede cuando es necesario averiguar el domicilio del destinatario o recurrir a otros mecanismos legalmente previstos.

Por eso, si una persona conoce la existencia de una comunicación procedente de un órgano judicial, lo prudente es identificar cuanto antes el procedimiento y obtener asesoramiento sobre su contenido y posibles consecuencias.

No podemos afirmar que “si no se recoge, no pasa nada”. Procesalmente, esa conclusión puede ser equivocada.

¿Cómo puedo saber si una notificación judicial es auténtica?

Ante una comunicación inesperada conviene comprobar cuidadosamente su procedencia.

Hay que revisar el órgano judicial, los datos del procedimiento, el contenido de la comunicación y el canal utilizado.

En el ámbito electrónico existen servicios oficiales de consulta. La Sede Judicial Electrónica indica que las personas físicas y jurídicas suscritas a su servicio pueden consultar actos de comunicación mediante identificación electrónica.

No recomendamos utilizar enlaces, archivos o solicitudes de pago sospechosas simplemente porque un mensaje utilice términos como “juzgado”, “procedimiento” o “notificación judicial”.

Cuando exista duda sobre la autenticidad o sobre el contenido procesal, debe verificarse a través de canales oficiales o con los profesionales que estén gestionando el procedimiento.

¿Cuánto tiempo tengo para responder a una notificación judicial?

No existe una respuesta única.

El plazo dependerá de lo que se haya comunicado y del procedimiento en el que nos encontremos.

Precisamente por eso uno de los errores que más debemos evitar es buscar en Internet “cuántos días tengo para contestar una notificación judicial” y aplicar automáticamente la primera cifra que aparezca.

Una notificación puede comunicar resoluciones muy diferentes.

Un emplazamiento, además, tiene precisamente como finalidad permitir personarse o actuar dentro de un plazo, mientras que una citación fija lugar, día y hora.

El documento debe leerse en su contexto.

Esta es también la razón por la que nuestro sistema de trabajo incorpora control de plazos, señalamientos y requerimientos. No esperamos a que se aproxime una fecha para estudiar la comunicación: la revisamos desde su recepción.

Errores que debemos evitar ante una notificación del juzgado

El primero es ignorarla.

El segundo es interpretar cualquier comunicación como si fuera una demanda.

El tercero es confundir notificación, citación, emplazamiento y requerimiento.

El cuarto es calcular un plazo sin haber identificado correctamente qué resolución se ha comunicado y cuáles son las reglas aplicables.

Y el quinto es dejar la documentación para más adelante pensando que todos los actos procesales conceden amplios periodos de reacción.

Desde 1978 hemos visto evolucionar profundamente la forma en la que los juzgados y profesionales se comunican. Del soporte físico hemos pasado a una gestión en la que los medios telemáticos tienen un papel central. Lo que no ha cambiado es la importancia del control: recibir, revisar, informar y actuar dentro de los tiempos procesales correspondientes.

7 claves sobre una notificación judicial

  1. No toda comunicación judicial es técnicamente una notificación. La LEC distingue seis clases de actos de comunicación.
  2. Una notificación comunica una resolución o actuación. Un emplazamiento, una citación o un requerimiento tienen finalidades diferentes.
  3. Hay que revisar inmediatamente si existe un plazo o señalamiento. Una comunicación puede exigir una actuación procesal posterior.
  4. Las comunicaciones pueden realizarse electrónicamente. La LEC regula expresamente los actos de comunicación mediante medios electrónicos.
  5. Los ciudadanos disponen de servicios electrónicos oficiales. La Sede Judicial Electrónica permite consultar actos de comunicación en las condiciones previstas para el servicio.
  6. El procurador tiene un papel directo en las comunicaciones procesales. La LEC contempla su intervención y, en Esquer, el tratamiento de notificaciones forma parte de nuestro trabajo diario.
  7. Ignorar una comunicación no es una estrategia procesal. Hay que identificar su contenido, comprobar sus efectos y actuar cuando corresponda.

Preguntas frecuentes sobre las notificaciones judiciales

¿Qué significa recibir una notificación judicial?

Significa que se está comunicando formalmente una resolución o actuación judicial. Para saber qué consecuencias tiene debemos revisar su contenido y el procedimiento al que pertenece.

¿Una citación y una notificación judicial son lo mismo?

No exactamente. La notificación da noticia de una resolución o actuación; la citación establece lugar, fecha y hora para comparecer y actuar.

¿Qué diferencia existe entre emplazamiento y citación?

El emplazamiento permite personarse o actuar dentro de un plazo. La citación determina lugar, fecha y hora para comparecer.

¿Puedo recibir una notificación judicial electrónicamente?

Sí. La legislación contempla comunicaciones judiciales por medios electrónicos en los supuestos correspondientes y existen servicios oficiales para su recepción y consulta.

¿Cuándo empieza el plazo después de recibir una notificación?

Depende del acto comunicado y de las reglas procesales aplicables. No debe darse por hecho que todos los plazos empiezan a computarse de la misma forma.

¿Qué ocurre si no recojo una notificación judicial?

Las consecuencias dependen del procedimiento, del tipo de comunicación y de cómo se haya practicado. No recogerla no permite asumir que el procedimiento quede sin efecto.

¿Puede un procurador realizar una notificación?

La LEC contempla la ejecución de actos de comunicación por el procurador de la parte que lo solicite en los términos legalmente establecidos.

¿Qué hace el procurador cuando recibe una notificación?

Cuando representa a una parte, el procurador gestiona las comunicaciones procesales correspondientes. En Esquer, nuestro departamento especializado revisa además plazos y señalamientos y traslada las notificaciones a la dirección letrada.

Lo más importante en un minuto

Una notificación judicial sirve para comunicar formalmente una resolución o actuación dentro de un procedimiento, pero no debemos utilizar el término para confundir todos los actos de comunicación.

La LEC diferencia notificaciones, emplazamientos, citaciones, requerimientos, mandamientos y oficios, cada uno con una finalidad distinta.

Cuando recibimos una comunicación judicial debemos identificar qué documento es, qué órgano lo emite, a qué procedimiento pertenece y, especialmente, si contiene plazos, señalamientos o actuaciones que deban realizarse.

En Esquer y Asociados llevamos desde 1978 gestionando procedimientos judiciales y hemos superado los 10.000 procedimientos gestionados. La recepción y tratamiento de notificaciones forma parte de nuestro trabajo diario: contamos con un departamento especializado en notificaciones LexNET que revisa plazos y señalamientos y mantiene la comunicación con los letrados.

La notificación judicial como parte del control del procedimiento

Para nosotros una notificación nunca es simplemente “otro documento del expediente”.

Puede marcar un nuevo momento procesal.

Por eso nuestro trabajo como procuradores consiste en integrar cada comunicación dentro del seguimiento general del procedimiento.

En Esquer y Asociados realizamos representación procesal, actos de comunicación, control de plazos y señalamientos y seguimiento continuo de procedimientos. Nuestra estructura está precisamente diseñada para que la información judicial sea revisada y comunicada de manera ágil.

Después de más de cuatro décadas trabajando ante los tribunales, tenemos clara una idea: en materia de notificaciones, tan importante como recibir la información es saber qué significa procesalmente y controlarla desde el primer momento.


Llámanos al 965 30 44 30 o visítanos en nuestra oficina en calle Obispo Rocamora, 13, 03300 Orihuela, Alicante.

Sigue leyendo para más información:

  • Servicios de Derecho Civil

  • Servicios de Derecho Mercantil

  • Consejo General del Poder Judicial

  • Ministerio de Justicia de España

Funciones de los Procuradores,  Procuradores Orihuela abogados,  alicante,  murcia,  orihuela,  poder norarial,  procurador,  procuradores,  torrevieja

Barra lateral principal

ESQUER Procuradores

Esquer y Asociados Procuradores en Orihuela

¿Prefieres escribirnos?

Escribe tu Consulta

¿Es urgente?

¡Hablemos!

Te llamamos

Click para Llamar

HERRAMIENTAS y UTILIDADES

  • Número de Cuenta Juzgados
  • Depósitos para Recursos
  • Cálculo de Intereses Legales
  • Enlaces de Interés

Footer

ESQUER en las REDES

Síguenos en nuestras Redes Sociales.

  • Facebook
  • Instagram
  • LinkedIn

ENCUÉNTRANOS

Calle Obispo Rocamora, 13 03300 Orihuela Alicante
Get Directions
965304430
648 814 740
info@esqueryasociados.com

ESQUER PROCURADORES

  • QUIENES SOMOS
  • SERVICIOS
  • DÓNDE ESTAMOS
  • CONTACTAR
  • POLÍTICA DE PRIVACIDAD
  • BLOG

NUESTRA NEWSLETTER

Recibe nuestras novedades, noticias y actualidad legal en tu buzón.

¡Suscríbete!

© 2026 · Esquer y Asociados · Procuradores Orihuela · Procuradores Alicante · Procuradores Torrevieja

Gestionar el Consentimiento de las Cookies
Procuradores Orihuela Alicante

Utilizamos cookies para optimizar tu experiencia de navegación.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}

Gestión de Archivo, Mensajería y Registral


En Esquer procuradores, además de contar con las últimas actualizaciones digitales disponibles, contamos con servicios de mensajería especializados para el envío de originales, desgloses y documentos cuando sea necesario.

Asimismo, se realiza un registro y control de la documentación enviada y recibida telemáticamente y de la correcta tramitación de los mandamientos a los Registros de la propiedad y oficios a entidades públicas o privadas.

Contabilidad y Facturación


Tenemos un departamento encargado de la contabilidad y facturación, siempre proporcionando un óptimo servicio y atendiendo las solicitudes y necesidades de nuestros clientes.

Subastas Electrónicas


Contamos con un departamento especializado en subastas electrónicas y con amplios conocimientos legales en la materia, actualizado según la Ley 24/2015.

Realizamos todo el proceso y control de la subasta hasta su finalización, haciendo participe a nuestro cliente en todo momento y solucionando cualquier incidente que pueda surgir.

SERVICIO 24 HORAS

Gestión Procesal


En Esquer procuradores llevamos a cabo un seguimiento exhaustivo del curso de los procedimientos, impulsando los que se encuentren paralizados, siempre de la mano de la dirección letrada, realizando las gestiones oportunas al caso concreto. Esta labor tiene suma importancia en procedimientos como los hipotecarios, ejecuciones, de cuyo manejo somos especialistas.

Notificaciones por LexNet


En nuestro despacho contamos con un departamento especializado en procesado de notificaciones LEXNET, llevando a cabo una labor de gestión e intercomunicación entre los juzgados y los profesionales de la justicia.

Dentro del procesado de notificaciones se realiza una revisión exhaustiva de los plazos y señalamientos, se remite de forma inmediata a los letrados, dando cumplimiento en cada caso a las instrucciones de nuestros clientes. Nuestro equipo, asimismo, cuenta con profesionales expertos en la gestión y funcionamiento diario de los juzgados que resolverán cualquier incidencia en el mismo día de la recepción de la notificación.

Presentaciones Telemáticas


Al igual que el departamento de presentación de demandas, esta sección se encarga de presentar el resto de escritos no iniciadores; dando especial urgencia a los escritos de plazo.

Asimismo, es el encargado de agendar el seguimiento de los asuntos, emitiendo escritos de impulso y recordatorios.

Este departamento es capaz de dar respuesta a un gran volumen de presentaciones telemáticas, presentando los escritos recibidos en horario laboral en el mismo día de su recepción. Dentro de este departamento contamos con una respuesta inmediata para los escritos de plazo.

Preparación de Demandas


Éste departamento sólo tiene un objetivo, que las demandas cumplan con los nuevos requisitos electrónicos de presentación

Formado por un equipo altamente cualificado, así como equipos informáticos de la más avanzada tecnolocia, somos capaces de presentar grandes carteras de expedientes en apenas unas horas, adecuando la documentación recibida por parte de la dirección letrada, convirtiéndola al formato adecuado, en cumplimiento de los requisitos del Expediente Judicial Electrónico (RD 1065/2015).

Nuestra máxima es “todo lo recibido en el día de hoy, queda presentado en el día de hoy”.

Departamento Atención al Cliente


En nuestro trabajo la rapidez en la gestion de incidencias y/o necesidad de información, es fundamental, por ello, hemos dado gran relevancia a este departamento y ofrecemos una atención de forma inmediata y personalizada.

Informamos en tiempo real de la situación de los procedimientos, mediante envio/contestcion de email, así como llamada telefónica.

Este protocolo, diseñado por nuestro equipo ha favorecido la fidelización de clientes, ayudándonos en el día a día a dar un servicio mas eficaz, rápido y completo.