Interponer un recurso requiere un desembolso económico inicial que está determinado por una disposición de la Ley Orgánica del Poder Judicial – LOPJ (disposición adicional decimoquinta).
Depósitos previos para Recurrir.
Este depósito nos será devuelto si el recurso prospera. El depósito debemos realizarlo en la Cuenta Bancaria de Consignaciones Judiciales. El proceso a seguir, así como la calculadora para determinar el código de cuenta de Consignaciones judiciales puedes encontrarlo en nuestra sección Calculo Consignaciones Judiciales.
Tabla de Depósitos para Recursos
A continuación reflejamos los importes de los depósitos previos necesarios para interponer cualquier tipo de Recurso :
| Tipo de recurso | Depósito |
|---|---|
| Extraordinario por infracción procesal | 50 € |
| Apelación | 50 € |
| Reposición (Exclusivamente resoluciones del juez) | 25 € |
| Queja | 30 € |
| Casación | 50 € |
| Revisión de resoluciones de Secretario Judicial | 25 € |
| Revisión | 50 € |
| Rescisión de sentencia firme a instancia de rebelde | 50 € |
| Reforma / Súplica | 25 € |